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Comercio cerrado por asueto de los trabajadores del sector

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Este lunes 28 de septiembre se celebra el Día del Empleado de Comercio, trasladado desde la fecha original del 26 en base a un acuerdo entre la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) y las cámaras empresarias del sector.

Los trabajadores alcanzados por el Convenio Colectivo de Trabajo 130/75 podrán decidir si prestan tareas.La Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) informó que el cambio de fecha fue acordado por las partes firmantes del convenio.

Según el comunicado, “el lunes 28 los empleados mercantiles convencionados dentro del mencionado Convenio Colectivo tendrán la opción de prestar o no servicios laborales durante la jornada”.

Los comercios no tienen obligación de cerrar.

La entidad precisó que la conmemoración no impide la apertura de los establecimientos si son atendidos por sus propietarios o por empleados que acepten trabajar ese día.

El origen de la fecha

El origen de la celebración se vincula con el 26 de septiembre de 1934, día en que fue promulgada la Ley 11.729.

Esa norma representó un antecedente para la regulación del trabajo mercantil: incorporó derechos laborales para el sector y estableció bases que luego tuvieron influencia en la negociación colectiva de la actividad.

La fecha quedó asociada a la organización de los empleados del comercio y a la incorporación de garantías para una actividad que reúne tareas y rubros muy diversos.

El Día del Empleado de Comercio fue establecido por la Ley 26.541, sancionada en 2009.

La norma fijó el 26 de septiembre como fecha anual de la conmemoración, en referencia a la promulgación de la Ley 11.729, y dispuso que la jornada tuviera el carácter de descanso remunerado para quienes se encuentran alcanzados por la actividad mercantil.

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