spot_img

Últimas Noticias

“El fallo del STJ Señala a la Carta Orgánica Municipal como la ley suprema local por encima de reglamentos”

spot_img

El conocido abogado, ex concejal de Sarmiento, Manuel Mauriño expresó su análisis a través del Medio FMSur, en relación al fallo del Superior Tribunal de Justicia en el marco de la causa “FERNANDEZ, César Martín y Otros c/ Municipalidad de Sarmiento (Concejo Deliberante) s/ anulación total de acto administrativo individual” (Expte. Nº 26.636 – Año 2026), en la que los ediles opositores buscaban impugnar decisiones administrativas vinculadas a la conducción del cuerpo legislativo local.

“Como espectador de la realidad política local, y a partir de una serie de informaciones recientes que transitan en las redes sociales, comunicados de ciertos espacios políticos y manifestaciones de referentes en medios radiales, la decisión de la Justicia Provincial respecto al conflicto en el Poder Legislativo de Sarmiento se ha difundido rápidamente, convirtiéndose en vox populi en nuestra ciudad”.

Citando a los estoicos —quienes sostenían que la paciencia no es una espera pasiva, sino una virtud activa y un dominio mental que implica aceptar la realidad con calma y resiliencia—, muchos vecinos, entre los que me incluyo, hemos estado atentos a esta decisión durante todos estos meses.

El máximo órgano de justicia de la Provincia del Chubut se ha expedido finalmente: tras analizar lo solicitado, resolvió rechazar la medida cautelar por considerar que no se demostraron los requisitos de verosimilitud del derecho invocado ni la ilegitimidad de las actuaciones.

Más allá del fallo técnico, la sentencia posee una clara finalidad pedagógica.

El tribunal observa que las normas invocadas por los concejales actores pertenecen a un Reglamento Interno del año 2009, mientras que la Carta Orgánica de Sarmiento fue sancionada en 2019.

De allí se deduce que, si bien hasta la entrada en vigor de la Carta Orgánica la actividad municipal se regía por la Ley XVI – Nro. 46, a partir de su sanción dicha ley dejó de tener aplicación en nuestro ejido.

Sin pretender extenderme en digresiones teóricas o jurisprudenciales, de este fallo judicial pueden desprenderse conclusiones fundamentales:

* Ratifica la autonomía municipal de Sarmiento.

* Señala a la Carta Orgánica Municipal como la ley suprema local por encima de reglamentos.

* Destaca la obsolescencia del reglamento interno frente a la norma superior.

* Establece que los actos cuestionados gozan, en principio, de presunción de legitimidad.

* Aplica el principio jurídico universal: lex posterior derogat legi priori (la ley posterior deroga a la anterior).

Quizás estemos hoy más cerca de dar claridad a aquellos que transitaron en la oscuridad devolviendo la estabilidad institucional que los ciudadanos de Sarmiento merecen.

Latest Posts

spot_img

más noticias