El equipo de trabajo del Ministerio Público Fiscal de Sarmiento, llevó adelante la investigación de tres causas penales por delitos de abuso sexual y estupro, amenazas, lesiones leves y desobediencia a una orden judicial.
Los casos fueron abordados mediante la aplicación del instituto de juicio abreviado. Así las cosas, entre el martes 26 y el viernes 29 de mayo, el trabajo de los investigadores logró el objetivo de que los tribunales dictaran sentencias condenatorias e impusieran penas de prisión contra los acusados.
¿Por qué un juicio abreviado?
Es una herramienta judicial donde la persona imputada renuncia a su derecho de enfrentar un juicio tradicional. También reconoce el delito que le imputaron a cambio de una pena acordada.
En este caso, los jueces homologaron los acuerdos tras verificar el consentimiento de las víctimas.
Los casos
11 años de cárcel por abuso sexual y estupro
El martes 26 de mayo, la fiscal Rita Barrionuevo y las abogadas representantes de la Defensa Pública, solicitaron al juez Ariel Quiroga dar tratamiento a la aplicación del instituto de juicio abreviado contra Nelson Gabriel Jalú (33) imputado como autor de los delitos de abuso sexual (dos hechos) y estupro (dos hechos), en contexto de violencia de género. La investigación que llevó adelante la fiscalía, confirmó que las agresiones sexuales ocurrieron entre el mes de julio de 2023 a julio de 2024, y causaron un grave perjuicio en la salud de la víctima.
Luego de escuchar los fundamentos de las partes, el magistrado, resolvió hacer lugar al pedido de aplicación del instituto de juicio abreviado.
En consecuencia, resolvió condenar a Nelson Jalú a la pena de 11 años de cárcel.
Amenazas, lesiones y desobediencia judicial
El jueves 28 de mayo, el juez Alejandro Rosales homologó el acuerdo de juicio abreviado contra Eliseo Gumersindo Notao (41), acusado como autor de los delitos de amenazas, lesiones leves agravadas por alevosía y desobediencia a una orden judicial.
En consecuencia, le impuso la pena de 2 años y 6 meses de prisión, cuyo cumplimiento se deja en suspenso, por ser autor penalmente responsable de los delitos de violación de domicilio en concurso ideal con lesiones leves agravadas por alevosía y desobediencia la autoridad, tres hechos, en concurso real y en calidad de autor material.
Por otra parte, Notao deberá someterse al cumplimiento de reglas de conducta durante el período de la condena. La causa llevada adelante por la procuradora Marisol Sandoval y la funcionaria Tamara Bernardi se registró el 19 de julio de 2024, cuando el acusado ingresó a una vivienda ubicad sobre avenida 9 de julio entre las calles Ameghino y 28 de julio.
Allí agredió físicamente al denunciante y le provocó lesiones leves. Por otra parte, los días 12, 13 y 24 de julio de 2025, Notao regresó al lugar del hecho, incumpliendo tres resoluciones, dictadas por dos jueces civiles.
Esos mandatos judiciales imponían medidas de prohibición de contacto y acercamiento entre el acusado y el grupo familiar que reside en ese domicilio.
45 días de prisión efectiva por lesiones leves
El viernes 29 de mayo, el juez Ariel Quiroga homologó el acuerdo presentado por las representantes de la Fiscalía y el Ministerio Público de la Defensa en el marco de una causa penal contra Matías Eliseo Rufino (29), imputado como autor del delito de lesiones leves.
En consecuencia, le impuso al acusado la pena de 45 días de prisión de cumplimiento efectivo. En tanto, el último viernes, Rufino se presentó de manera voluntaria en la comisaría tercera de la ciudad de Trelew a fines de dar inicio al cumplimiento de la condena.
El hecho que investigaron la procuradora Luciana Coppini y la abogada de fiscalía Maira Ritter, ocurrió el 13 de marzo de 2025, en la estancia “La Numancia”, ubicada a 15 kilómetros de la localidad Aldea Beleiro.
Según consta en la denuncia, en esa ocasión, el imputado mantuvo una discusión con su compañero de trabajo y luego de las agresiones verbales, lo atacó con un cuchillo.
Como consecuencia del ataque, la víctima sufrió heridas cortantes.



