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Nuevo acuerdo paritario petrolero: Recomposición salarial y previsibilidad hasta 2027

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La Comisión Directiva del Sindicato de Petróleo y Gas Privado de Chubut, bajo la conducción del Secretario General Jorge ‘Loma’ Ávila, selló un nuevo acuerdo paritario en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Tras intensas jornadas de negociación, se definió el esquema de aumentos para el período abril 2026 – marzo 2027, garantizando el poder adquisitivo frente al contexto económico actual.

El acuerdo estipula un cronograma de subas escalonadas en formato de gratificaciones extraordinarias no remunerativas que se irán incorporando progresivamente al salario básico.

Detalle de los aumentos y sumas fijas:

El esquema de recomposición salarial quedó estructurado de la siguiente manera:

Julio, Agosto y Septiembre 2026: Incremento del 6% no remunerativo. Se incorporará como remunerativo en octubre de 2026.

Bono de Julio: Se liquidará una suma fija de 250 mil pesos junto a los haberes de este mes, correspondiente a lo pautado en el acta anterior.

Agosto y Septiembre 2026: Adicional del 4% no remunerativo. Pasará a ser remunerativo en octubre de 2026.

Octubre, Noviembre y Diciembre 2026: Suba del 3% no remunerativo.

Se transformará en remunerativo en enero de 2027.

Enero, Febrero y Marzo 2027: Incremento del 3% no remunerativo. Pasará a ser remunerativo en abril de 2027.

La base de cálculo para todos los tramos tomará como referencia los salarios vigentes a abril de 2026.

El impacto de estos porcentajes aplicará sobre los conceptos convencionales, no convencionales, viandas y ayuda alimentaria.

Cláusula de revisión e impacto en beneficios

El acta firmada por las partes incluye mecanismos de resguardo para los trabajadores y especifica el alcance de las sumas otorgadas:

Revisión en noviembre: Las partes pactaron un nuevo encuentro para la segunda quincena de noviembre de 2026 con el fin de evaluar las variables económicas del sector y aplicar ajustes si fuese necesario.

Aguinaldo y vacaciones: A pesar de su carácter inicial no remunerativo, las gratificaciones se computarán para el cálculo del Sueldo Anual Complementario (SAC) y las vacaciones.

Impuesto a las Ganancias: La representación sindical asentó un pedido formal para eximir a estas gratificaciones del pago del Impuesto a las Ganancias, buscando proteger el ingreso neto de los operarios.

La conducción del gremio destacó la importancia de alcanzar certidumbre en el mediano plazo para sostener la estabilidad de la familia petrolera en la provincia de Chubut.

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