Este martes el Concejo Deliberante de Sarmiento resolvió por medio de la “comisión especial” integrada por todos los bloques partidarios NO AVALAR la decisión unilateral e inconsulta de la Cooperativa de Provisión de Servicios Públicos de Sarmiento Limitada, expresado en el escrito recepcionado Expte. No 229/24, relativa a la implementación de un sistema automático de traslado a los usuarios de los aumentos de costosimpuestos por el Mercado Eléctrico Mayorista.
En la RESOLUCIÓN N° 012/24. resaltan que en el marco de las facultades otorgadas por la Carta Orgánica Municipal; la Ordenanza Municipal 34/13 Expte. N° 229/24 y:

CONSIDERANDO: Que, conforme a lo estipulado en la Carta Orgánica Municipal en su Artículo N° 119, inc. 22 que refiere, a la facultad del Concejo Deliberante de fijar los cánones y tarifas de los servicios públicos; Que, de acuerdo a lo resuelto y reflejado en Acta N° 10/24 de la Comisión Especial; Que, obra en este Concejo Deliberante un Dictamen del Asesor Legal del Co.De.Sa. N° O1/24, Ref. Nota Expte. N° 229/24;
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SARMIENTO EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL:
RESUELVE
1).- NO AVALAR la decisión unilateral e inconsulta de la Cooperativa de Provisión de Servicios Públicos de Sarmiento Limitada, expresado en el escrito recepcionado Expte. No 229/24, relativa a la implementación de un sistema automático de traslado a los usuarios de los aumentos de costosimpuestos por el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) mecanismo conocido por “pass through”.
ARTICULO 2) INSTASE a la Cooperativa de Provisión de Servicios Públicos de Sarmiento Limitada a acatar la normativa legal vigente, retrotrayendo la implementación del traslado de costos efectuada; bajo apercibimiento de aplicar las medidas que la norma reserva a la autoridad de Aplicación. ARTÍCULO3) cOMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y CUMPLIDO.



