En diálogo con lainformativaDigital la Fiscal Jefe Andrea Vázquez se expresó tras el veredicto del Jurado popular quien declaró culpable a Antonio Tesso, único imputado por el crimen del payador Saúl Anticaneo quien quedó en prisión preventiva. La resolución sobre la pena a imponer será informada a las partes el próximo viernes 24 de mayo
“A veces nuestro trabajo no se ve, pero es un trabajo que es 24-7. Nosotros no le vamos a poder devolver a su papá o a su hermano o a su hijo, pero por lo menos le podemos dar un poco de paz a la familia, de que se haga justicia”.
Y como lo dije en mi alegato, nosotros tenemos un principio que es el de objetividad. Si nosotros hubiésemos creído que era otra persona, esa era la persona que hubiese estado sentada ahí. No íbamos a traer a una persona por decir tenemos un culpable por ese principio de objetividad.
Se trabajó en todo el equipo del Ministerio Público Fiscal. Los juicios por jurado demandan muchísimo trabajo”, indicó.

Todo el equipo de la Fiscalía se puso el caso al hombro. Este caso lo llevó la doctora Barrio Nuevo con la doctora Marisol Sandoval y gente de la Fiscalía. Ellos fueron los que hicieron la investigación. Lograr esta condena y que lo declaren culpable, y que la familia pueda tener un poco de paz, para nosotros es reconfortante, señaló.
Esto es el esfuerzo desde ese 23 de octubre del año 2022, desde la Fiscalía y desde el personal policial, personal de criminalística, toda la gente que participó, el equipo técnico multidisciplinario de la Procuración, mucha gente que ha participado en esta investigación desde ese día, que le ha puesto el hombro para tratar de descubrir quién había sido el que había matado a Saúl Anticaneo, un artista de 29 años que tenía proyectos que fueron cortados, que tenía un hijo, hermanos, Amigos.
Se hizo justicia. O por lo menos fue un juicio justo en el que el pueblo consideró que era culpable , de ese hecho. De haber matado a Saul Anticaneo el 23 de octubre a la madrugada, señaló La Fiscal Andrea Vázquez.

Tesso fue declarado culpable del delito de homicidio doblemente agravado por alevosía y por el uso de arma de fuego, en calidad de autor (Arts. 80 inc. 2, 41 bis y 45 del Código Penal).
Cesura de pena
En función del tipo de delito, al momento de la cesura de pena, la fiscalía indicó que el Código Penal sólo contempla la prisión perpetua para este tipo de casos y solicitó se resuelva una medida de prisión preventiva del acusado atento a la gravedad del delito, la expectativa de pena y el peligro de fuga.
En tanto que la defensa cuestionó la constitucionalidad de las normas que regulan la aplicación de la figura de la prisión preventiva.
Tras escuchar a las partes, el Juez Gustavo Castro dictó la prisión preventiva del acusado hasta que la condena quede firme, aunque la misma puede ser revisada en un plazo de seis meses, en tanto que la resolución sobre la pena a imponer finalmente será informada a las partes el próximo viernes 24 de mayo.



