La Cámara de Apelaciones ratificó una condena de 47 millones de pesos por las consecuencias del choque de una camioneta contra un auto: el conductor, el dueño del vehículo y la aseguradora deberán responder por el total de la indemnización.
En una sentencia que pone fin a un litigio de más de cinco años, la Justicia de la Circunscripción del Noroeste ha consolidado una condena millonaria contra los responsables de un accidente vial ocurrido en el centro de la ciudad.
El fallo destaca por la aplicación de la responsabilidad solidaria, obligando tanto al conductor como al titular registral del vehículo a resarcir íntegramente a la víctima, con una condena que se hace extensiva a la compañía de seguros.
El hecho se produjo el 14 de diciembre de 2020, cerca de las 18 horas, en la intersección de la calle Chacabuco y la Avenida Fontana.
Según la reconstrucción técnica efectuada por el perito mecánico, un automóvil Volkswagen Gol Trend fue violentamente embestido por una camioneta Ford F100.
La pericia determinó que el automóvil fue el primero en ingresar a la intersección y ya había sobrepasado la mitad de la calle cuando la camioneta, que circulaba a una velocidad superior a los 36 km/h, impactó contra su lateral delantero izquierdo.
La magnitud del choque fue tal que el automóvil viró 175 grados hasta chocar con un tercer vehículo estacionado, mientras que la camioneta avanzó más de 35 metros hasta montarse sobre el boulevard, lo que causó que el conductor del auto debiera ser trasladado de urgencia al hospital local.
Responsabilidades
El juez de primera instancia, Dr. Guillermo Gregorio, y los jueces de la Cámara de Apelaciones del Noroeste, Dres. Jorge L. Früchtenicht y Günther E. Flass, determinaron que la obligación de pago es solidaria y concurrente.
Por lo tanto, el fallo alcanza al conductor (responsabilidad directa), quien fue condenado por su negligencia al no respetar la prioridad de paso de quien circulaba por la derecha (Art. 41 de la Ley 24.449) y por el exceso de velocidad, y debe responder por el 100% de la condena.
Pero la sentencia abarca también al titular registral de la camioneta (Responsabilidad Objetiva), ya que se determinó que, como dueño del vehículo, es solidariamente responsable por el riesgo creado por la cosa.
Su intento de desvincularse mediante una “denuncia de venta” fue rechazado, ya que el trámite fue realizado recién en 2023, años después del choque, y por ese motivo, debe responder por el 100% de la condena.Y además la aseguradora (Antártida Cía. Argentina de Seguros S.A.) fue citada en garantía y su responsabilidad es concurrente “en la medida del seguro”.
Tras desistir de su apelación en agosto de 2025, la condena quedó firme en su contra.
Al tratarse de una obligación solidaria, la actora tiene el derecho de exigir el pago total de la deuda a cualquiera de los tres responsables mencionados.
Cifras finales
La liquidación definitiva aprobada por el tribunal el 28 de octubre de 2025 asciende a un total de $47.647.581,13, compuesto por un capital de $12.659.771,27 más los intereses acumulados desde el día del siniestro.
Ante la falta de pago voluntario, en 2026 se ordenaron embargos preventivos sobre los activos financieros de la aseguradora en todas las entidades bancarias del país hasta cubrir la totalidad de la indemnización y los gastos del proceso.
El fallo ratificado por la Cámara de Apelaciones del Noroeste reafirma que la negligencia al volante y la falta de regularización de la titularidad de los vehículos conllevan graves consecuencias patrimoniales para todos los involucrados.
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