La fiscal Laura Castagno y el funcionario Alexis Ubilla, solicitaron al juez Ariel Quiroga, la aplicación del instituto de juicio abreviado en el marco de una causa penal contra un sujeto (R.W.G), imputado como autor de delitos de abuso sexual simple.
Asimismo, el defensor público Marcelo Catalano, acompañó el pedido de los representantes de la fiscalía. El acuerdo propone imponer al acusado la pena de tres años de prisión de ejecución condicional y el cumplimiento de reglas de conducta. Finalmente, el magistrado, indicó que en el transcurso de la próxima semana informará su resolución.
Al inicio del acto judicial, la fiscal Laura Castagno, explicó el contenido de la propuesta de aplicación del instituto de juicio abreviado.
En este sentido, señaló que el acusado debe renunciar a su derecho a un juicio oral y público, para asumir la existencia de los hechos, su participación en los mismos y aceptar la pena de prisión acordada entre las partes.
En este marco, informó que el procesado debe cumplir una pena de tres años de prisión de ejecución condicional.
Durante ese período, el condenado, deberá realizar presentaciones cada seis meses ante el Cuerpo De Delegados de la circunscripción judicial de Sarmiento o un organismo de similar competencia en la provincia de San Luis.
También, está obligado a fijar domicilio, mantener el tratamiento psicológico y acatar la orden de prohibición de contacto con las víctimas y sus grupos familiares.
Por otra parte, el acuerdo incluye la inhabilitación del condenado para dirigir técnicamente equipos de fútbol de divisiones infanto – juveniles.
Este procedimiento, incluye la notificación correspondiente a la Liga de Fútbol de la provincia de San Luis y el área correspondiente de la Asociación del Fútbol Argentino (A.F.A).
A su turno, el acusado, manifestó que aceptaba las condiciones e imposiciones del acuerdo. Por su parte, el representante del Ministerio Público de la Defensa, acompañó la presentación de la fiscalía y solicitó la homologación del acuerdo.
En el mismo sentido, se expresó la abogada Sofía Maestro, en representación de la Asesoría de Familia.
En tanto, los familiares de las víctimas estuvieron presentes en la sala de audiencias.
En este contexto, indicaron que luego de ser asesorados e informados por las profesionales del Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito (S.A.V.D), consideraron que es importante que el agresor de sus hijos quede con un antecedente penal computable.
Después, Quiroga, adelantó que existe una importante probabilidad de homologar el acuerdo.
Finalmente, indicó que en el transcurso del plazo legal establecido informará por escrito su decisión judicial.
Nota: Se omitió el nombre completo de las personas involucradas para preservar la identidad de los menores y su derecho a la intimidad y confidencialidad, en virtud de la Convención de los Derechos del Niño (artículo 75, inciso 22 de la Constitución Nacional, Ley 23849) y las Leyes 26061 de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescente.
La denuncia: Según el artículo 9 de la Ley 26.061, cualquier persona que sospeche o tome conocimiento de malos tratos o situaciones que atenten contra la integridad psíquica, física, sexual o moral de un niño, niña o adolescente, lo mismo que cualquier otra violación a sus derechos tiene la obligación de comunicarlo al organismo de protección. Los adultos que tienen a cargo la responsabilidad parental y quienes se desempeñan en organismos asistenciales, educativos y de salud del ámbito público o privado no solamente deben comunicar al organismo de niñez la situación de abuso para que puedan tomarse las medidas de protección necesarias, sino que además tienen la obligación legal de realizar la denuncia judicial. El primer organismo interviniente debe denunciar el hecho y para hacerlo no es necesario cumplir con ninguna condición. Para formular la denuncia no se requiere el pedido de autorización de un superior jerárquico ni la asistencia de un abogado.